Seguro Oncológico Multiclínica

Te cuidamos económicamente en caso de diagnóstico de cáncer, entregándote una cobertura de salud completa en la clínica que tú elijas.

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$ 6.224 mensuales*

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    Todo lo que necesitas saber de

    Seguro Oncológico Multiclínica

    Help Seguros
    ¿Qué cubre y cuáles son los beneficios de este seguro?

    Hasta UF 15.000: Obtén UF 15.000 para atenciones médicas oncológicas en todas las clínicas y centros médicos del país, hasta los 65 años.

    Deducible $0: Este seguro se hace cargo de pagar el deducible de tus atenciones oncológicas hasta tus 65 años de edad.

    Hasta 100% de cobertura: Para atenciones hospitalarias y/o ambulatorias derivadas de un diagnóstico de cáncer.

    Hospitalización

    Gastos de hospitalización por cáncer En Clínicas y Centros Médicos del país
    Días cama medicina, UTI, UCI, intermedio y recuperación 100%
    Servicios hospitalarios y medicamentos e insumos hospitalarios 100%
    Honorarios médicos quirúrgicos 100%
    Medicamentos antineoplásticos, radio y quimioterapia 100% con tope UF 4.000
    Cirugía plástica reparadora por intervención quirúrgica oncológica 100% con tope UF 100
    Implante mamario post Mastectomía por cáncer 100% con tope UF 100

    Ambulatorio

    Gastos ambulatorios por cáncer En Clínicas y Centros Médicos del país
    Consultas médicas 100%
    Consultas psiquiátricas y psicológicas 100% con tope UF 50
    Cirugía ambulatoria 100%
    Exámenes de laboratorio 100%
    Imagenología, radiografía, ultrasonografía y medicina nuclear 100%
    Procedimientos de diagnóstico y terapéutico 100%
    Kinesiología 100%

    Medicamentos ambulatorios

    Gastos en medicamentos ambulatorios En Clínicas y Centros Médicos del país
    Medicamentos genéricos 50%
    Medicamentos bioequivalentes 50%
    Medicamentos no genéricos 50%
    Medicamentos inmunosupresores o inmunomoduladores 50% con tope UF 1.000

    Otras coberturas

    Otras coberturas por cáncer En Clínicas y Centros Médicos del país
    Cuidados paliativos domiciliarios indicados por médico tratante 100% con tope UF 50
    Cobertura prestaciones no aranceladas por Isapre 50%
    Criopreservación y compra de células madre, sangre y hemoderivados necesarios para el tratamiento 100% con tope UF 500
    Prestaciones asociadas a trasplantes necesarios para el tratamiento 100% con tope UF 500
    Beneficios adicionales al contratar este seguro

    Descuento en vacunas
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    20% descuento en vacunas particulares 1er año vida Rotarex, Rotateq, Menveo, Bexero


    Clínica Dávila y centros médicos dávila

    20% Dcto.
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    En copago de examenes e imagenes en atenciones ambulatorias


    Clínica Dávila y centros médicos dávila

    30% Dcto.
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    En copago de consulta de urgencia médica.


    Clínica Dávila y centros médicos dávila

    Cupón de $100.000
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    Obten un descuento copago de $100.000 en hospitalizaciones


    Clínica Dávila y centros médicos dávila

    Beneficio de Maternidad
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    Si tu hijo nace en Clínica Dávila, formas parte de un convenio de accidentes gratis hasta el segundo año de vida.


    Clínica Dávila y centros médicos dávila

    Primera consulta GRATIS
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    Primera consulta dental y set radiográfico sin costo


    Clínica Dávila y centros médicos dávila

    Descuento dental
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    Obten un 65% de descuento en arancel dental, excluye insumos y laboratorio.


    Clínica Dávila y centros médicos dávila

    Arancel preferente
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    En implantología, disciplina odontológica que se dedica al reemplazo de dientes.


    Clínica Dávila y centros médicos dávila

    (*) Los beneficios adicionales no forman parte de la cobertura del seguro y son entregados por la Clínica a los asegurados vigentes bajo su responsabilidad
    Si tuviste cáncer y finalizaste tu tratamiento radical hace más de 5 años, y no has tenido recaídas posterior, ese cáncer no será considerado como preexistencia, de acuerdo a la Ley N° 21.656 que entró en vigencia el 13 de febrero de 2024, también conocida como la “Ley del Olvido Oncológico”. Esto significa que, al solicitar el seguro, no estás obligado a informar que tuviste ese cáncer ni enfrentar condiciones menos favorables por ello.
    POL 3 2024 0123
    En caso de diagnóstico de cáncer primario con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia, el seguro protege a todos los integrantes del grupo familiar incorporado en la póliza. No obstante, conforme a la Ley N° 21.656, que entró en vigencia el 13 de febrero de 2024, si contratas un seguro y fuiste diagnosticado con cáncer previamente y ya finalizaste tu tratamiento radical hace más de 5 años, y no has tenido recaída posterior, no existe obligación de declararlo y no se considerará preexistencia, por tanto, no habrá exclusiones o restricciones de cobertura.
    • En todas las instituciones de salud del país.
    • Sin cobertura en instituciones de salud del extranjero.
    • Luego de los reembolsos de la Isapre y/u otros seguros complementarios de salud.
    • 40% del gasto real incurrido.
    • En los casos en que no se cumpla esta condición, la Compañía calculará los gastos reembolsables, asumiendo dicho porcentaje de cobertura, y sobre ellos aplicará el porcentaje de reembolso y/o de pago directo al prestador.
    • Vigencia anual, con renovación automática.
    • Cualquiera de las partes podrá no renovar la cobertura, dando aviso con al menos 60 días de anticipación a la fecha de vencimiento original o cualquiera de sus prórrogas.
    Cualquier persona natural, mayor de 18 años, que se comprometa al pago de la póliza.
    • Cónyuge, pareja o conviviente civil
    • Hijos asegurado titular y/o cónyuge, pareja o conviviente civil
    • Cumplir con las edades y relaciones familiares establecidas en la póliza.
    • Estar afiliados a una Isapre.
    • El asegurado titular deberá completar el formulario propuesta y el formulario Declaración Personal de Salud (DPS), declarando por él y por todo su grupo familiar.
    Edad mínima de incorporación asegurado titular y/o cónyuge, pareja o conviviente civil: 18 años.
    Edad mínima incorporación hijos recién nacidos:
    • Desde el día del nacimiento, si la fecha de concepción es posterior a la fecha de inicio de vigencia de la póliza. El recién nacido deberá ser incorporado en la póliza en un plazo máximo de 90 días. Transcurrido ese plazo, podrá incorporarse previa evaluación médica y aceptación del riesgo por parte de la compañía
    • A los 14 días del nacimiento, si la fecha de concepción es anterior a la fecha de inicio de vigencia de la póliza, previa evaluación médica y aceptación del riesgo por parte de la compañía.
    Edad máxima de incorporación asegurado titular y/o cónyuge, pareja o conviviente civil: 65 años.
    Edad máxima de permanencia asegurado titular y/o, cónyuge, pareja o conviviente civil: 99 años.
    Edad máxima de permanencia hijos asegurado titular, y/o cónyuge, pareja o conviviente civil: 23 años.
    En todas las clínicas y centros médicos del país
    • UF 15.000 hasta los 65 años.
    • UF 5.000 desde 66 años a 99 años.
    En todas las clínicas y centros médicos del país
    • UF 0 hasta los 65 años.
    • UF 50 desde 66 años a los 99 años.
    El deducible es la cantidad de dinero que el asegurado debe pagar antes de que la compañía de seguros comience a cubrir los gastos. Es como un acuerdo entre la persona y la aseguradora sobre cuánto pagará cada uno en caso de un siniestro o problema. Por ejemplo, si tienes un deducible de $100 y un gasto médico de $500, tú pagas los primeros $100 y la aseguradora cubre los $400 restantes.
    Rigen las exclusiones de cobertura contenidas en el Artículo 5° del Condicionado General de la póliza POL 3 2022 0089.
    No cubre enfermedades, dolencias o situaciones de salud derivadas de una enfermedad oncológica diagnosticada o conocida por el asegurado, o por quien declara a su favor, con anterioridad a la fecha de contratación del seguro. Sin embargo, conforme a la Ley N° 21.656, que entró en vigencia el 13 de febrero de 2024, si contratas un seguro y fuiste diagnosticado con cáncer previamente y ya finalizaste tu tratamiento radical hace más de 5 años, y no has tenido recaída posterior, no se considerará preexistencia.
    • Se entenderá por diagnóstico de cáncer aquel que no ha sido diagnosticado ni ha recibido tratamiento con anterioridad a la fecha de contratación de la póliza.
    • Este seguro no otorga cobertura a asegurados sin Isapre vigente, que pertenezcan al Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas y/o Carabineros o que coticen en el sistema Fonasa.
    • El plazo o duración del evento será de 3 años y en el caso que se prolongue por más tiempo, será considerado como un nuevo evento, reinstalándose el monto del deducible y el capital asegurado por una vez más.
    • El asegurado podrá presentar más de un evento durante la vigencia de la póliza, siempre y cuando esté asociado a un nuevo diagnóstico de cáncer, que no se origine como consecuencia directa del evento de cáncer en pago o ya pagado.
    • El monto de la prima individual dependerá del tramo de edad en que se encuentre cada uno de los asegurados de la póliza.
    • La prima total de la póliza corresponderá a la suma de las primas individuales y se reajustará en cada renovación anual, si alguno de los asegurados cambia de tramo de edad.
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